Del Río Abogados es especialista en negligencias médicas y mala praxis sanitaria. A continuación desgranamos las opciones que existen ante una situación de este tipo:
El ámbito penal es el más recomendado en casos de fallecimiento o lesiones graves. Con él se pretende la condena penal y además una indemnización en concepto de responsabilidad civil. Puede ejercitarse contra un centro público o privado y debe iniciarse por medio de denuncia o querella criminal. La acción penal por delito prescribe a los tres años, menos en casos donde la negligencia es leve, que prescribe a los seis meses (falta).
El ámbito civil puede ser mejor para lesiones leves. En este caso, se recibe únicamente una compensación económica, consistente en una indemnizaciíon por daños y perjuicios que incluye los daños físicos (posibles lesione sy secuelas), daños morales y gastos derivados de posibles y ulteriores asistencias médicas, gastos de sepelio, etc.. Esta vía recoge el mayor número de sentencias favorables para los pacientes y suele ser la más utilizada en la sanidad privada.
Si nos encontramos en un centro público con una prestación sanitaria deficiente, como una atención inadecuada o información incompleta, el ámbito más apropiadao es el contencioso-administrativo. En esta vía, sólo se puede obtener una compensación económica y no se ejerce acción alguna contra el médico responsable. El procedimiento se inicia con una reclamación contra la Administración por Responsabilidad Patrimonial, normalmente ante el Servicio de Salud de cada una de las comunidades autónomas con competencias transferidas en materia de sanidad. Si la reclamación administrativa es desestimada o en un plazo de seis meses la Administración Sanitaria no ha dictado resolución (silencio administrativo negativo), el perjudicado tiene otros seis meses más para acudir a la vía judicial.
Si usted, o un ser cercano, se han visto inmersos en una negligencia médica, consúltenos. Podemos ayudarle.
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