Del Río Abogados es sinónimo de experiencia y éxito en los procesos de incapacitación judicial. ¿En qué consiste este procedimiento? La ley puede privar a las personas de la facultad de obrar, declarándolas incapaces, fundamentándose en la deficiencia que puedan presentar un nivel de voluntad y comprensión de sus actos. Esta situación suele determinarse a través de las demencias mentales consecuentes y naturales de la vejez (alzheimer, demencia senil, etc), o de algún tipo de patología psiquiátrica o conductual (esquizofrenia, psicosis, toxicomanía, etc) sin excluir que puedan ocurrir otras situaciones. en el sometido a incapacitación (por ejemplo un coma permanente). En definitiva, este proceso judicial impide que determinadas personas ejerzan por sí mismos sus derechos y contraer obligaciones. Para la capacidad jurídica basta con la existencia de un ser humano, para la capacidad de obrar se requiere conciencia y voluntad. Al no existir estas condiciones en todas las personas ni siempre en el mismo grado, los tribunales niegan en ocasiones en absoluta esa capacidad y otras veces la limitan y condicionan. Por todo ello, la incapacitación puede ser TOTAL o PARCIAL, y se ha de designar un TUTOR para gestionar los actos y disposiciones económicas del incapaz.
De forma genérica, pueden ser tutores:
- Cónyuges.
- Padres y personas designadas por el incapaz.
- Descendientes, ascendientes o hermanos que estime el juez.
- Persona idónea que estima el juez.
- La administración.
- Personas jurídicas sin multas lucrativas.
Los procesos de incapacitación de las personas vienen regulados en el Libro IV de la Ley de Enjuciamiento Civil y también en los artículos 221 y siguientes del Código Civil Catalán. De este modo, se instruye el proceso de incapacitación, el proceso de prodigalidad y el proceso de reintegración de la capacidad y modificación de su alcance. Son procesos civiles especiales, a los que les son de aplicación las disposiciones generales que rigen en los procesos especiales y no dispositivos.
En Del Río Abogados somos especialistas en estos procedimientos jurídicos de incapacitación por nuestra amplia experiencia en derecho civil, tanto promoviendo o negando la incapacidad de la persona según sus circunstancias y en aras al interés legítimo de todas las partes en litigio, y sobre todo a la autonomía de los ciudadanos y sus familias para tomar sus propias decisiones. Si ha de gestionar una incapacidad de un ser cercano, o defender su plena capacidad, contacte con nosotros .